Impuestos y Derecho
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En el transporte transfronterizo de metales preciosos rigen dentro de la UE obligaciones de declaración a partir de 10.000 euros, así como normas sobre IVA a la importación y aranceles en la entrada desde terceros países.
El oro de inversión está exento del IVA en España y en toda la UE conforme al art. 140 de la Ley 37/1992 y a la Directiva 2006/112/CE, siempre que cumpla determinados requisitos mínimos de pureza y forma.
La venta de metales preciosos por un particular en España genera una ganancia (o pérdida) patrimonial que se integra en la base del ahorro del IRPF y tributa a tipos progresivos del 19 % al 28 %, sin ninguna exención por plazo de tenencia.
En España, la venta de metales preciosos con beneficio genera una ganancia patrimonial que se integra en la base del ahorro del IRPF y tributa por tramos (19–28 %). A diferencia de Alemania, no existe ni un plazo de exención ni un umbral exento por debajo del cual la ganancia quede libre de impuestos.
La compra de plata (lingotes, monedas, plata industrial) está sujeta en España al IVA general del 21 %, a diferencia del oro de inversión, que está exento de IVA.
La normativa española de prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010) obliga a los comerciantes de metales preciosos a identificar a sus clientes a partir de determinados umbrales y a comunicar las operaciones sospechosas al SEPBLAC.
El límite de pago en efectivo al comprar oro determina a partir de qué importe la ley española prohíbe liquidar la operación en metálico y cuándo el comerciante debe identificar y documentar al cliente conforme a la normativa de prevención del blanqueo de capitales.
El método FIFO (First In, First Out) establece que en la venta de metales preciosos adquiridos en varios tramos se consideran vendidas primero las unidades compradas con anterioridad, lo que determina qué valor de adquisición se resta al calcular la ganancia patrimonial en el IRPF.
Una operación en ventanilla es la compra o venta de metales preciosos liquidada en efectivo sobre el mostrador («sobre el mostrador»), posible en España solo por debajo del límite legal de pago en efectivo y de los umbrales de identificación en materia de prevención del blanqueo.
El oro de inversión es el oro fiscalmente privilegiado (lingotes y determinadas monedas) cuya compra está exenta del IVA en España y en toda la UE.
El período de tenencia designa el tiempo transcurrido entre la adquisición y la venta de un bien. En España, a diferencia de Alemania, no existe ningún plazo tras cuyo vencimiento la ganancia quede exenta: toda ganancia patrimonial tributa en el IRPF con independencia de la duración de la tenencia.
El «plazo especulativo» es un concepto del derecho fiscal alemán (§ 23 EStG) según el cual la venta de metales preciosos queda exenta tras un año de tenencia. En España no existe tal plazo: toda ganancia por la venta de metales preciosos tributa como ganancia patrimonial en el IRPF.
En España, las ganancias por la venta de metales preciosos físicos tributan como ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF (19–28 %), con independencia del tiempo de tenencia; no existe una retención fija a cuenta como en los rendimientos del capital mobiliario.
El régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (REBU) es un procedimiento de IVA por el cual el comerciante liquida el impuesto únicamente sobre el margen (diferencia entre el precio de compra y el de venta) y no sobre el precio de venta total.
La verificación de identidad es la comprobación legalmente obligatoria de la identidad del cliente en la compra o venta de metales preciosos a partir de determinados umbrales, conforme a la normativa española de prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010), supervisada por el SEPBLAC.